SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1790/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1790/2003-R

Fecha: 05-Dic-2003

III.3

III.3   En el caso presente si bien es cierto que el recurrente fue citado personalmente por dos veces consecutivas para que preste su declaración confesoria, se apersonó y  solicitó suspensión de la audiencia de confesión alegando su delicado estado de salud, lo cual fue atendido por el Juzgador, lo que demuestra que tuvo conocimiento pleno del proceso penal en su contra, y no asumió defensa, motivo por el que el Juez lo declaró rebelde y contumaz a la Ley designándole defensor de oficio, que no cumplió su labor durante la tramitación del proceso, ni apeló de la sentencia que  condenó  al recurrente.