SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1808/2003-R
Fecha: 05-Dic-2003
1)
Las autoridades recurridas, ausentes en audiencia, por informe de fs. 64 a 65 vta. señalan: 1) una vez recibida y radicada la apelación, previa vista fiscal, el expediente fue sorteado a la Vocal Beatriz Sandoval de Capobianco y se dictó el Auto de Vista de 21 de abril de 2003 por el que, entre otras determinaciones, confirma el procesamiento de la encausada, ahora recurrente; 2) la recurrente que ha sido legalmente notificada con las actuaciones existentes en el proceso y con el Auto de Vista pronunciado, sin embargo, no se apersonó al proceso pese a las notificaciones realizadas; 3) una vez sorteado el expediente el 7 de abril de 2003, el encausado Simón Carlos Rodríguez recusó a la Vocal Beatriz Sandoval el 8 de abril de 2003, recusación que fue rechazada por Auto de 9 de abril de 2003; 4) la competencia de la Vocal quedó suspendida desde ese momento hasta que los otros dos vocales resuelvan la consulta de la recusación conforme el art. 320.1 NCPP, para cuyo efecto se señaló audiencia para el 14 de abril donde se desestimó la recusación, lo que fue notificado a las partes, entre ellas, a la recurrente; 5) el expediente pasó nuevamente al despacho de la Vocal relatora el 17 de abril, fecha en la que reasumió su competencia.