Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1820/2003-R
Fecha: 05-Dic-2003
II.5
II.5 El 04 de febrero de 2003, el día y hora señalados para la nueva audiencia, el juez de la causa al estar en entredicho su competencia en mérito a los argumentos contenidos en el memorial del abogado defensor del imputado, suspende la audiencia.(fs. 33 a 33 vta.); por Auto de 5 de febrero de 2003, el Juez de la causa, revoca el Auto interlocutorio de 24 de enero de 2003, dejando subsistente el Auto de 22 de enero de 2003 que declara abandonada la querella (fs. 34 a 34 vta.).