SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1823/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1823/2003-R

Fecha: 05-Dic-2003

III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

El recurrente afirma que se han vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso, argumentado que la notificación con la Resolución de sobreseimiento dictada dentro la querella que tiene formulada, adolece de varias irregularidades, por lo que es nula de conformidad a lo establecido por el art. 166 CPP. Con carácter previo corresponde analizar si el recurrente ha cumplido con todos los requisitos formales para la presentación del recurso, conforme a lo previsto por el art. 19.II CPE y 97.I de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), para en su caso, determinar si los hechos demandados ameritan el otorgamiento de la tutela solicitada.