SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1824/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1824/2003-R

Fecha: 05-Dic-2003

II.5

II.5           Por Auto de la misma fecha, 7 de Agosto de 2003,  con el que es también notificada Boliviana Ciacruz de Seguros y Reaseguros S.A. el 20 de agosto de 2003, la jueza señala no existir la causal prevista; sin embargo -prosigue- “de la revisión de obrados se evidencia que el proceso arbitral seguido  por Blanca Hurtado contra la Boliviana de Seguros y Reaseguros  S.A. sobre anulación fue sorteado en fecha 29 de abril de 2003 al Juzgado 12º de Partido en lo Civil y en suplencia legal el Juez Dr. Carlos López Videla del Juzgado 13º de Partido en lo Civil se excusó de su conocimiento. Habiéndose restituido el Juez titular del Juzgado 12 de Partido en lo Civil, Dr. Rigoberto Paredes E., y no subsistiendo la causal de excusa formulada por el Juez suplente, remítase obrados nuevamente al juzgado de origen…”. Firma la jueza y la Secretaria Abogada del juzgado (fs. 707 a 708).