Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1857/2003-R
Fecha: 12-Dic-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Los recurrentes sostienen que la autoridad recurrida ha vulnerado su derecho a la defensa, al haber presentado la acusación formal en su contra por delitos relacionados con el narcotráfico, sin que hayan transcurridos los seis meses que establece el art. 134 CPP. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 CPE.