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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1874/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1874/2003-R

    Fecha: 15-Dic-2003

    III.4

    III.4      Por último, no se puede dejar de señalar que habiendo la autoridad judicial recurrida en su informe citado el art. 765.1), 2) y 3) CPC para solicitar la improcedencia del presente recurso, que el mismo al presente se encuentra derogado en virtud a lo dispuesto por la Ley 1836 de 1 de abril de 1998.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • 1)
    • improcedente
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • las medidas cautelares no causan estado, no siendo el amparo sustitutivo de ese medio legal que los recurrentes tienen expedito y que pueden utilizar en cualquier tiempo cumpliendo los requisitos de ley
    • III.4
    • APROBAR

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