Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1911/2003-R
Fecha: 17-Dic-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Los recurrentes afirman que se han vulnerados sus derechos a la libertad física y al debido proceso, argumentando que fueron detenidos indebidamente en Isunuta y Tacopaya, respectivamente, y sin orden alguna fueron conducidos a la ciudad de Cochabamba y luego a La Paz donde fueron puestos a disposición de autoridades que no tienen competencia, puesto que se juzgan supuestos hechos ocurridos en el Chapare cochabambino. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 CPE.