SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1911/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1911/2003-R

Fecha: 17-Dic-2003

III.3

III.3      En cuanto a la supuesta vulneración de sus garantías constitucionales contenidas en los arts. 10 y 21 de la Ley Fundamental, ello tampoco es evidente, por cuanto de los antecedentes se establece que los recurrentes fueron aprehendidos de manera flagrante en posesión de materiales explosivos, siendo puestos a disposición de juez cautelar en el término de veinticuatro horas conforme manda el art. 10 CPE in fine; no habiéndose demostrado que hayan sido objeto de violación de sus domicilios por haber ingresado de noche a los mismos sin el consentimiento del que la habita o de día sin orden escrita y motivada de autoridad competente, siendo que el precepto constitucional invocado (art. 21), hace la salvedad tratándose de delito in fraganti.