SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1916/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1916/2003-R

Fecha: 17-Dic-2003

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Mediante Resolución Municipal 3047/2003 de 18 de julio, se aprobó la construcción del pasaje artesanal “Joaquín Zenteno Anaya”, otorgándoseles en concesión de uso y administración la infraestructura a edificarse por el plazo de 30 años, a cambio de correr con los costos de la obra y de los respectivos módulos, lo cual les entusiasmó al ser un caro anhelo que todos quieren se haga realidad. Empero, sin consenso alguno se conformó una Comisión, liderizada por José Guzmán, conjuntamente la ex Directiva a cargo de Virginia de Quiñónez, quienes se negaron a brindarles información sobre la ejecución del proyecto, pues de inicio se pretendió cobrar la suma de $US.1.500 por módulo, sin embargo en la actualidad el precio alcanza a $US.3.000 que debe pagar cada uno de los 102 beneficiarios, realizándose la construcción con materiales de pésima calidad, con un diseño nada funcional, favoreciéndose a los dirigentes con los mejores puestos, por todo lo cual expresaron su disconformidad, ya que existían empresas que querían adjudicarse la obra por la mitad del precio y en mejores condiciones.

Denuncia que la empresa adjudicataria de la obra, fue invitada por el Alcalde de manera ilegal, habiéndoseles intimidado y presionado para firmar el contrato con aquella, sin que se les haya mostrado documentación legal y técnica del financiador, lo cual fue denunciado el 18 de agosto a la Presidenta del Concejo, y no habiendo sido atendidos, el 19 de septiembre realizaron una protesta pacífica, paralizando la obra por cerca de dos horas, por cuyo motivo fueron golpeados por guardias municipales y conducidos a la PTJ, habiendo señalado las autoridades municipales que este es un problema entre particulares, lo cual resulta desatinado pues de ser así no hubiesen sido agredidos por funcionarios municipales.

Añaden que la empresa ha acelerado la construcción de las obras, pese a que se les hizo conocer a través de carta notariada su disconformidad, impidiéndoseles fiscalizar las mismas, siendo amenazados por los ex dirigentes con quitarles sus puestos; mientras que la Alcaldía ha incumplido la Resolución Municipal 3047 y la Ley de Municipalidades (LM) al no haber existido licitación pública.