SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1916/2003-R
Fecha: 17-Dic-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Las recurrentes afirman que se han vulnerado los derechos a la seguridad jurídica, al trabajo y a la propiedad privada, señalando que como emergencia de la construcción del pasaje artesanal “Joaquín Zenteno Anaya, aprobado mediante Ordenanza Municipal 3047/2003 de 18 de julio: i) el Alcalde ha incumplido la misma al adjudicar la obra sin ninguna licitación, habiéndoles intimidado y presionado para que firmen los contratos y que habiendo realizado un protesta pacífica paralizando las obras, fueron reprimidos violentamente; ii) los miembros de la “Comisión de Obras” se niegan a brindarles información sobre la ejecución del Proyecto, al cual se oponen por existir sobreprecio, ser las obras de pésima calidad y nada funcionales, favoreciendo a los dirigentes, no obstante haber existido ofertas más convenientes; iii) el representante de la empresa a cargo de las obras les impide fiscalizar las mismas y ha acelerado los trabajos pese a que se le solicitó suspenda los mismos por las observaciones existentes. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 CPE.