Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1919/2003-R
Fecha: 18-Dic-2003
II.5.
II.5. El Consejo Consultivo de la Academia Nacional de Policías mediante Resolución 33/2002 de 1 de octubre, confirmó la sanción impuesta por el Tribunal Disciplinario y en aplicación del art. 44, numeral 44.2 del Reglamento de Evaluación del Comportamiento y Régimen Disciplinario de la Academia Nacional de Policías sanciona al recurrente con la baja definitiva sin derecho a reincorporación, encargando el cumplimiento de la Resolución al Comandante de Batallón (fs. 173-174); comunicándose de la baja del recurrente mediante orden del día de la Academia 184/2002, en fecha 2 de octubre (fs. 172), no existiendo constancia de la notificación con la Resolución al recurrente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Julio Baldivieso Schultze, Silvio Lazarte Ferrufino y José Osvaldo Cabrera Ferrufino
- improcedente
- II
- II.3
- II.4. El 7 de septiembre de 2002
- II.5.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- 770/2003-R de 6 de junio
- III.2
- III.3.
- APROBAR