SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1935/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1935/2003-R

Fecha: 18-Dic-2003

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El  recurrente arguye que en el Juzgado Primero del Trabajo se interpuso una demanda por parte de Gilberto Padilla Flores reclamando al SEPCAM supuestos beneficios sociales, pero sostiene que al demandante no le asiste ningún derecho respecto a lo solicitado, porque  el régimen legal que debe aplicarse es la Ley 1178 y ya no la Ley general del trabajo, aspecto que fue ignorado por el Juez recurrido. En consecuencia, corresponde establecer en revisión, si los hechos demandados se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 19 CPE.