SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1935/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1935/2003-R

Fecha: 18-Dic-2003

III.1

III.1   El  amparo constitucional ha sido instituido como un recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona, reconocidos por la Constitución y las Leyes, en virtud de los principios de subsidiariedad e inmediatez que caracterizan al recurso de amparo constitucional, por lo que es necesario el agotamiento de todas las instancias dentro del proceso o vía legal, sea administrativa o judicial, en la que se acusa la vulneración, en razón de que los derechos fundamentales lesionados  deben ser reparados en el mismo proceso o en la instancia donde han sido conculcados y solo en su defecto, o cuando por razones de tiempo, la remisión a los procedimientos ordinarios resulte claramente tardía para tutelar el derecho violentado o amenazado de violación, se activa el amparo como un mecanismo de protección inmediata