SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0135/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0135/2003-R

Fecha: 06-Feb-2003

II.5.

II.5.   Que, el Juez recurrido resuelve el incidente con un simple decreto de 30 de julio de 2002 en el que señala: “Con el contenido del memorial que antecede, se tenga por contestado el memorial de fojas 119 a 120, y téngase presente lo ordenado por el artículo 490 del Cód. de Pdto. Civ.” (fs. 124); y, ante el petitorio de que se tramite el incidente, a fs. 125 vta., con otro decreto de 13 de septiembre de 2002, el Juez dice: “Estése a lo ordenado por el proveído de fecha 30 de julio de 2002 que sale a fs. 123” (fs. 125 vta.).