Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0138/2003-R
Fecha: 06-Feb-2003
I.2.2.2.
I.2.2.2. La Jueza recurrida se adhirió a lo dicho por el Fiscal así como a la prueba aportada por esa autoridad, informando que el 4 de noviembre, la imputación formal motivada del ministerio público que pidió la detención preventiva del recurrente y otro implicado, le otorgó plena convicción para adoptar dicha medida, sin que sea evidente que hubiera dado participación ilegal a la víctima (Banco Mercantil) en la audiencia de medidas cautelares, pues lo hizo en respeto de las garantías que la ley confiere a la víctima, la misma que puede intervenir en el proceso y ser escuchada, pidiendo en definitiva la improcedencia del recurso.