SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0159/2003- R
Fecha: 14-Feb-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que el recurrente denuncia la vulneración de sus derechos a la dignidad, al trabajo, a la presunción de inocencia y a la defensa y otros previstos en el art. 6-II, 7-d) y 16-I-II-IV CPE, con el argumento de que el recurrido ha enviado la circular impugnada a todos los establecimientos hoteleros afiliados a la Cámara Departamental de Hotelería haciéndoles conocer que su persona ha sido declarado persona no grata y desleal para el sector, lo cual, le está imposibilitando encontrar una nueva fuente laboral pese a su larga y prestigiosa carrera hotelera, pues se ha mellado su dignidad y condenado sin que hubiera sido procesado. En consecuencia, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.