SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0159/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0159/2003- R

Fecha: 14-Feb-2003

improcedente

Concluida la audiencia, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz declaró improcedente el recurso con el fundamento siguiente: a) que la circular no tiene validez legal porque no lleva firma alguna como exige el art. 1304 CC y que si bien causa lesión a los derechos del recurrente, pero existe duda acerca de esa autoría que no puede imputársele al recurrido que niega la misma y b) que el Código de Ética Hotelera, es un conjunto de normas que no es aplicable a los dependientes de las entidades afiliadas a la Cámara Hotelera.