SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0190/2003-R
Fecha: 19-Feb-2003
procedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo, en desacuerdo con el requerimiento fiscal, declaró procedente el recurso con los siguientes fundamentos: 1) la autoridad recurrida al despedir de sus cargos a los recurrentes ha violado sus derechos y garantías consagrados por el art. 7.a), d) y j) y 16.II CPE; 2) el hecho de haber sido cuestionado el Concurso de Méritos y Examen de Competencia Interno por el Presidente del Colegio Médico Departamental, no constituye un justificativo, puesto que dichos cuestionamientos no se tradujeron en un proceso administrativo o judicial que invalide o anule el concurso, el cual por el contrario cumplió la finalidad propuesta causando estado, y 3) la destitución de los recurrentes con el argumento de reestructuración se agrava al quedar en descubierto que el mismo es falso y que la verdadera finalidad fue la de dar acomodo a otros profesionales en los referidos cargos.
- Miguel Gastón Ramírez Olivera, Juan Carlos Sánchez Soriano, René Nava Romano, Rina Marcela Antezana Beltrán, María Virginia Gutiérrez Lara, Abraham Nasser Carmona Rodríguez, Juan Carlos Alcocer Rodríguez, Jenny Marlene Azero Meruvia, Héctor Espada Ferreira, Osvaldo Max Guevara, Virginia Amparo Heredia Cárdenas, Edna Lilian Lunario Antezana, Humberto Felipe Navia, Nena Elizabeth Severich Marañón y Roberto Freddy Paz Zurita
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.3. Autoridades recurridas y Petitorio
- 1)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- III.6
- III.7
- APROBAR