SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0216/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0216/2003-R

Fecha: 24-Feb-2003

cuando existiendo, verdaderamente no le asegure una tutela efectiva e inmediata frente a un daño inminente e irreparable

            En consecuencia, se presenta en este caso una excepción a la subsidiariedad del recurso de amparo que, como se ha sostenido en diversas Sentencias (por ejemplo las identificadas con los números 1369/2002-R, 1515/2002-R, 116/2003-R y otras) solamente procede cuando la persona ha agotado todos los medios legales que tiene a su alcance para lograr la reparación del derecho que estima lesionado, cuando no exista tal medio, o, cuando existiendo, verdaderamente no le asegure una tutela efectiva e inmediata frente a un daño inminente e irreparable, siendo esta última precisamente, la circunstancia que se presenta ahora por lo que debe otorgarse la tutela inmediata a  la actora a efectos de prevenir un acto lesivo insalvable posteriormente.