Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0234/2004-R
Fecha: 17-Feb-2003
III.4.
La Defensoría de la Niñez y Adolescencia zona sur Distrito 5, que no es parte demandante en el presente recurso, apeló contra la Resolución 363”E”/03 de 28 de agosto de 2003 -por la cual la Jueza recurrida declaró improbadas las excepciones perentorias de incompetencia e impersonería opuestas- tal recurso lo formuló el 25 de octubre de 2003, y hasta la fecha no ha sido pronunciada la resolución de la Jueza recurrida por la que rechace o conceda la alzada, extremo que en los hechos constituye denegación de justicia y retardación injustificada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal
- II.2.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.14.
- 1)
- III.1.
- III.2.
- puesto que el Juez al momento de publicarse el edicto desconocía la existencia de los hijos de la recurrente, pues el Banco de Crédito S.A. únicamente solicitó la citación por edictos para los herederos de Edgar Dueri Ciade y Rosa Lilian Ibáñez Vda. de Dueri, conforme se evidencia del memorial de fs. 28 y 30 a 32.
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.4.