Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0252/2003-R
Fecha: 28-Feb-2003
II.3
II.3 El 18 de diciembre de 2002, a horas 10:00, se realizó la audiencia de consideración de la cesación de la detención preventiva solicitada por la recurrente, en la cual la Fiscal manifestó que no se enervaron ni destruyeron los elementos que dieron lugar a la detención preventiva de la ahora recurrente (fs. 48-51)
- Mónica Isabel Romero de Lucca
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Jorge Gutiérrez Roque y Raúl Gastón Waylla Rivera, Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal y Presidente del Tribunal Primero de Sentencia, respectivamente
- I.2.1 Ratificación del recurso.
- El Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal
- Por su parte, el co- recurrido Presidente del Tribunal Primero de Sentencia
- 1)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III.1
- III.2
- improcedente
- APROBAR