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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0252/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0252/2003-R

    Fecha: 28-Feb-2003

    improcedente

    Por lo anotado, se concluye que las autoridades recurridas actuaron de acuerdo a sus atribuciones y sin violar los derechos de la recurrente, quien se encuentra sometida a un debido proceso y está legalmente detenida dentro del mismo, por lo que el Tribunal de hábeas corpus, al haber declarado improcedente el recurso, ha evaluado correctamente los datos del proceso y las normas aplicables al mismo.

    • Mónica Isabel Romero de Lucca
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso
    • Jorge Gutiérrez Roque y Raúl Gastón Waylla Rivera, Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal y Presidente del Tribunal Primero de Sentencia, respectivamente
    • I.2.1    Ratificación  del recurso.
    • El Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal
    • Por su parte, el co- recurrido Presidente del Tribunal Primero de Sentencia
    • 1)
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • II.4
    • III.1
    • III.2
    • improcedente
    • APROBAR

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