Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0023/2003
Fecha: 11-Mar-2003
III.1.5
III.1.5 “La determinación por el sujeto pasivo mediante declaración formal corriente que es lo que interesa analizar en el presente recurso, técnicamente se practica a tiempo de llenar los datos consignados en los formularios proporcionados por la Administración, los que se refieren a hechos, cifras, etc. que se requiere especificar. Su conformidad con la realidad hace definitiva la declaración. Si de su revisión surge alguna observación o reparo, éstos tendrán el efecto de una nueva determinación practicada por la Administración”.