Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2003
Fecha: 19-Mar-2003
2º DISPONER
2º DISPONER la imposición de costas y multa al representado de los recurrentes, que se califica en la suma de Bs200.- que deberá ser depositada a la orden del Tesoro Judicial dentro de tercero día de la legal notificación con el presente fallo, debiendo remitir el comprobante de pago original a este Tribunal.
- Jenny Paredes Gonzáles y Luis Francisco Subirana Revilla en representación de Luis Belisario Subirana Hurtado, Juez Primero de Partido en lo Civil-Comercial de Sucre
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- se admite el recurso sólo con relación a la Resolución 150/2002, de 17 de septiembre,
- I.3. Alegaciones de la parte recurrida.
- II.1.
- III.1.
- III.2.
- autoridades administrativas
- resolución judicial
- 2º DISPONER