SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0275/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0275/2003-R

Fecha: 11-Mar-2003

procedente parcialmente

La Sentencia 16/2002 de 19 de diciembre de 2002, cursante a fs. 58 y 59, dictada por la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, declara  procedente parcialmente el recurso, “en lo que se refiere a la respuesta y/o resolución que el Consejo Supremo Universitario de la Universidad local deberá emitir afirmativa o negativamente en el breve y más corto plazo”, e improcedente “en cuanto a disponer por este Tribunal el cumplimiento de lo normado por el art. 82 del Reglamento del Régimen Académico Docente de la Universidad Boliviana”, con estos fundamentos: 1) el recurrido ha violado el derecho de petición consagrado por el art. 7-h) CPE, por su marcada demora en contestar las solicitudes del recurrente; 2) no se puede disponer el cumplimiento del art. 82 del Reglamento del Régimen Académico Docente de la Universidad Boliviana, porque no es atribución y competencia del Tribunal del recurso.