SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0292/2003-R
Fecha: 11-Mar-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El 17 de enero de 2003, a horas 5:00 de la madrugada, efectivos de la Policía Nacional con ayuda de efectivos de las Fuerzas Armadas, procedieron violenta, arbitraria, ilegal e injustificadamente a detener a José Luis Gonzales Espinoza, Luis Alberto Gonzales Zurita, Juan Carlos Saavedra Arancibia, Bernabé Jáuregui, Roberto Lomas, Marcial Soria Cossio, Rosendo Pausa Fuente, Víctor Aira Mamani, Juan Carlos Gutiérrez y otras cuatrocientas personas, sin que existan mandamientos de apremio emitidos por autoridad competente, violando preceptos y derechos consagrados en la Constitución Política del Estado, como lo establecido en el art. 9 CPE.
Añade que fueron incomunicados, se les prohibió el auxilio e ingreso de un abogado a efecto de asumir su defensa, encontrándose detenidos en un lugar que no es una dependencia policial, fiscal ni judicial, al haber sido conducidos a una Base Militar, que no puede recibir a detenidos civiles, vulnerando el sagrado derecho a la defensa establecido en el art. 16.II) CPE.
- Jorge Alvarado Rivas y Román Loayza Caero, Diputado y Senador Nacionales, respectivamente por José Luis Gonzáles Espinoza, Luis Alberto Gonzáles Zurita, Juan Carlos Saavedra Arancibia, Bernabé Jáuregui, Roberto Lomas, Marcial Soria Cossio, Rosendo Pausa Fuente, Víctor Aira Mamani, Juan Carlos Gutiérrez y otros,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- representante del Ministerio Público
- improcedente
- II.1
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- APROBAR