SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0292/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0292/2003-R

Fecha: 11-Mar-2003

III.3

III.3          Si bien el art. 7 CPE, consagra los derechos fundamentales de la persona,  entre ellos la libertad física y de locomoción, empero por mandato de la misma Constitución estos derechos deben ser ejercidos  conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio, en consideración a que los derechos individuales no son irrestrictos ni absolutos toda vez  que están limitados por el interés general. corresponde por ello el deber igualmente fundamental de resguardar y proteger los bienes e intereses que son imprescindibles para el desarrollo y seguridad colectivos, especialmente los servicios públicos necesarios a la realización de esas finalidades por lo que al producirse situaciones de hecho atentatorias contra el interés general fueron arrestados los representados de los recurrentes para luego ser puestos en libertad, con excepción de tres de ellos: Víctor Aira Mamani,  Rosendo Pausa Fuente y  Marcial Soria Cossío, a quienes se les imputó formalmente la comisión del delito de atentado contra los transportes de servicio público al haber sido encontrados en flagrancia, de acuerdo con el informe de la autoridad recurrida prestado  en audiencia y la imputación formal de fs. 45-47.