SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0293/2003-R
Fecha: 11-Mar-2003
1)
Las autoridades demandadas en el informe de fs. 331 a 334 señalan: 1) la Sala Penal Tercera no vulneró las normas legales que el recurrente indica ni usurpó funciones del Tribunal Constitucional menos impuso pena a nadie, habiéndose limitado a confirmar la resolución dictada por el inferior modificando el monto regulado como honorario del abogado en sujeción a la ley; 2) el recurrente realizó peticiones contradictorias ya que encontrándose pendiente de resolución del incidente de nulidad de obrados suscitado por el mismo recurrente, por haberse declarado improcedente el recurso de amparo interpuesto por Marilia Morro, el recurrente insiste en la concesión del apelación de la resolución que regula los honorarios profesionales.