SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0293/2003-R
Fecha: 11-Mar-2003
II.3
II.3 Este rechazo motivó que Marilia Morro de Hevia interponga recurso de amparo constitucional contra el Juez Quinto de Partido en lo Penal (fs. 73-79) que fue declarado procedente por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior mediante Resolución 51/2001 de 5 de octubre, disponiendo la anulación de la providencia de fs. 2246 vta. y los trámites emergentes de la planilla de costas a partir de fs. 1 ordenando que el Juez regularice procedimiento conforme al Código de Procedimiento Civil (CPC); resolución que en revisión fue resuelta mediante SC 1288/2001-R de 6 de diciembre, que revocó la Resolución revisada y declaró improcedente el Recurso (fs. 91-94).