Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0304/2003- R
Fecha: 12-Mar-2003
procedente
Concluida la audiencia, la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni declaró procedente el recurso con el fundamento siguiente: 1) que previo a dictar la Resolución 81, el XXI Congreso Nacional Ordinario de Chóferes de Bolivia no dio oportunidad de defenderse al recurrente lesionado de esta manera los arts. 16-II-IV y 7-d) CPE y 2) que si bien el recurrente interpuso otro amparo con identidad de objeto y causa, los sujetos no son los mismos, razón por la que se conoce el fondo del asunto.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Juan Pinto Roca, Presidente del Presidium del XXI Congreso Nacional de Chóferes de Bolivia y Adolfo Ustares Soria, Vicepresidente de la Comisión de Justicia Social del mismo
- (fs. 60-61)
- procedente
- II.1
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- REVOCA