SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0313/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0313/2003-R

Fecha: 17-Mar-2003

es el documento idóneo para identificar a una persona, mientras no sea tachada de falsa por autoridad competente en proceso legal.

La autoridad judicial co-recurrida, que ciertamente no es quien ejecuta el mandamiento de aprehensión, pero posteriormente recibe al aprehendido y define su situación jurídica, al resolver sobre las medidas cautelares contra el actor, tampoco resolvió lo referido a su identidad, cuando debió ordenar se disponga el reconocimiento de la misma a través de uno de los métodos antes citados, o en forma práctica tomar en cuenta la cédula de identidad presentada, que en el marco de la Sentencia Constitucional referida es el documento idóneo para identificar a una persona, mientras no sea tachada de falsa por autoridad competente en proceso legal.  Por consiguiente, el Fiscal, inicialmente, y la Jueza Cautelar, después, debieron disponer la investigación y acreditación fehaciente del nombre del imputado para que, efectuado aquello, recién la última se pueda pronunciar sobre  las medidas cautelares que amerite el caso.

          En consecuencia, al no haber dispuesto los recurridos, se proceda a la identificación del  imputado  mediante  uno de los métodos científicos existentes para ello, no han actuado dentro del marco legal  señalado precedentemente, conculcando su derecho a la libertad de locomoción, lo que determina la procedencia de este recurso extraordinario.