Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0313/2003-R
Fecha: 17-Mar-2003
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
En el escrito presentado el 29 de enero de 2003 (fs. 7 y 8), el recurrente manifiesta que a horas 7:30 a.m. del 28 de enero fue detenido indebidamente por funcionarios de la P.T.J., que no le pidieron documentación de identidad alguna, en base a un mandamiento de aprehensión emitido por la Jueza Cautelar recurrida, que dispuso la aprehensión de Teófilo Rodríguez y Policarpio Fernández, o sea que ha sido confundido con otra persona, habiéndose señalado audiencia para la consideración de medidas cautelares para el 29 de enero a horas 15:00.
- Teófilo Ireneo Marino Choque
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- será identificado por su nombre,
- en cualquier instancia,
- la identificación es la acción que permite determinar si una persona es la misma que afirma ser o, en otros casos, si puede reconocerse en ella a una persona buscada.
- III.2.
- es el documento idóneo para identificar a una persona, mientras no sea tachada de falsa por autoridad competente en proceso legal.
- APRUEBA