SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0353/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0353/2003-R

Fecha: 24-Mar-2003

I.1.1.   Hechos que motivan el recurso

Hace años tiene establecido un local comercial ubicado en la calle Comercio 803 que gira bajo la razón social de Churrasquería “La Diligencia”, y por la naturaleza del negocio, el servicio de agua potable es el elemento indispensable  para la preparación de alimentos y comidas, así como para mantener la higiene y salubridad regulados por leyes en vigencia.

      Añade que dicho local comercial desde 1991 cuenta con medidor de agua potable propio con el número 232081, correspondiente al recorrido 23-A-003180-5, cuyas facturas de consumo son canceladas puntualmente. Sin embargo, en el mismo inmueble funcionan otros locales comerciales que igualmente cuentan con medidores propios e independientes unos de otros,  pero ocurre que uno de ellos no cumplió con el pago del servicio de agua potable, acumulando una respetable deuda, por lo que la Empresa Aguas del Illimani procedió al corte de ese servicio tanto a ese local comercial como a otros, entre ellos la Churrasquería antes mencionada, sin que exista razón legal alguna, de manera que a la fecha y desde hace varios días no cuenta con  agua potable.