SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0391/2003-R
Fecha: 26-Mar-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El recurrente señala que en la convocatoria a Coroneles con 29 años de servicio para ascenso a Generales de Brigada Aérea, su nombre figura en la nómina, pero fue inhabilitado por cuanto en 1976 tuvo que abandonar por motivos familiares los estudios en la Escuela Militar de Ingeniería, y que en esa época, la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas no contemplaba este hecho como causal de inhabilitación, requisito que recién se incorporó en el Reglamento de Evaluación Curricular, siendo ilegal que se aplique con retroactividad una norma, vulnerándose su derecho consagrado por el art. 7.e) CPE y el principio de irretroactividad de las leyes. Por tanto, corresponde analizar si los hechos demandados ameritan la protección del art. 19 CPE.