Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0391/2003-R
Fecha: 26-Mar-2003
no establecía c
Del artículo glosado, se constata que la Ley no establecía como requisito para ascender a General de Brigada el “No haber sido retirados de los Institutos Militares nacionales o extranjeros por disciplina y/o estudios”; requisito que, sin embargo, está contemplado en el Reglamento de Evaluación Curricular RAA-5 de fecha 3 de julio de 1995.