Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2003
Fecha: 09-Abr-2003
I.1.2. Trámite procesal del incidente y resolución de la Corte.
La Resolución de 25 de enero de 2003 (fs. 131), dictada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Santa Cruz, sin efectuar consideraciones de carácter legal que fundamenten su decisión, admitió el recurso y dispuso se remitan fotocopias legalizadas de las piezas pertinentes al Tribunal Constitucional.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucional
- I.1.1. Relación Sintética del recurso
- I.1.1.1
- I.1.1.2
- I.1.1.4
- I.1.1.5
- Fragmento 7
- I.1.2. Trámite procesal del incidente y resolución de la Corte.
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III.1.
- “
- III.2
- no será aplicado desde ningún punto de vista en la resolución que deba emitir la Corte Suprema de Justicia respecto del recurso de casación planteado por la recurrente en el juicio laboral, ni en cuanto al fondo de la problemática sobre la que se asienta dicho proceso, ni respecto de la forma de tramitación del mismo y que hubiere sido objeto del aludido recurso
- DECLARA INFUNDADO