Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2003
Fecha: 09-Abr-2003
II.3.
II.3. Mediante escrito de 16 de diciembre de 2002 (fs. 90), el demandante del proceso social solicitó a los Vocales de la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Santa Cruz la ejecución provisional de la sentencia, que, corrida en traslado, dio lugar a la respuesta de la ahora recurrente, en sentido de conceder la ejecución solicitada previa garantía real debidamente inscrita en Derechos Reales.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucional
- I.1.1. Relación Sintética del recurso
- I.1.1.1
- I.1.1.2
- I.1.1.4
- I.1.1.5
- Fragmento 7
- I.1.2. Trámite procesal del incidente y resolución de la Corte.
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III.1.
- “
- III.2
- no será aplicado desde ningún punto de vista en la resolución que deba emitir la Corte Suprema de Justicia respecto del recurso de casación planteado por la recurrente en el juicio laboral, ni en cuanto al fondo de la problemática sobre la que se asienta dicho proceso, ni respecto de la forma de tramitación del mismo y que hubiere sido objeto del aludido recurso
- DECLARA INFUNDADO