Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2003
Fecha: 09-Abr-2003
II.5.
II.5. En la audiencia de 9 de enero de 2003 (fs. 98 y 99), la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Santa Cruz dictó la Resolución mediante la que estableció la fianza para la ejecución provisional de sentencia en la suma de Bs10.000.- “de carácter personal, que deberá ser caucionado en el Juzgado Segundo del Trabajo y Seguridad Social”.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucional
- I.1.1. Relación Sintética del recurso
- I.1.1.1
- I.1.1.2
- I.1.1.4
- I.1.1.5
- Fragmento 7
- I.1.2. Trámite procesal del incidente y resolución de la Corte.
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III.1.
- “
- III.2
- no será aplicado desde ningún punto de vista en la resolución que deba emitir la Corte Suprema de Justicia respecto del recurso de casación planteado por la recurrente en el juicio laboral, ni en cuanto al fondo de la problemática sobre la que se asienta dicho proceso, ni respecto de la forma de tramitación del mismo y que hubiere sido objeto del aludido recurso
- DECLARA INFUNDADO