SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0407/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0407/2003-R

Fecha: 02-Abr-2003

III.3.

III.3.  Resulta imperioso dejar sentado que las autoridades judiciales demandadas no han “subordinado la ley” a la SC 1036/2002-R, como erróneamente sostienen los recurrentes, porque dicha Sentencia, así como toda la jurisprudencia constitucional, está necesariamente encuadrada al ordenamiento jurídico vigente en el país, y lo que se hace a través de los fallos del Tribunal Constitucional es  interpretar las normas para darles el sentido de su aplicación conforme a la Constitución, y es lo que se ha hecho precisamente en la Resolución  mencionada, que, además, debe ser  acatada y cumplida por toda autoridad, en el marco de la vinculatoriedad que determina el art. 44 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).