Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0420/2003- R
Fecha: 02-Abr-2003
II.1
II.1 Que, el 24 de febrero de 2001, la recurrente fue habilitada como Concejal suplente al Concejo Municipal de Apolo, asumiendo las funciones de Secretaria del Concejo Municipal (fs. 4) hasta el 20 de julio de 2002, fecha en la que el entonces Alcalde Simeón Enríquez en forma voluntaria renunció a su cargo y se le aceptó volver como Concejal Titular (fs. 26).