Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0428/2003-R
Fecha: 02-Abr-2003
I.2.1. Ratificación y ampliación del Recurso.
El abogado del recurrente ratifica los términos del recurso planteado y los amplía manifestando que el presente amparo ha sido planteado por razón extrema y como último recurso, pues no discuten sobre la forma de manejo y funcionamiento del Sindicato, empero exigen racionalidad en las sanciones que imponen los dirigentes de la entidad.