Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0428/2003-R
Fecha: 02-Abr-2003
procedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara procedente el recurso disponiendo se restituya de manera inmediata al recurrente a sus funciones como chofer asalariado con el pago de daños y perjuicios, con los siguientes fundamentos: 1) la sanción impuesta al recurrente fue efectuada de manera inconsulta y sin previo proceso por los demandados, sin estar facultados para ello de acuerdo al Estatuto Orgánico del Sindicato Mixto de Transportistas Línea 7 “Nuestra Señora de Urkupiña”; 2) agotó la vía administrativa al haber acudido a la Dirección Departamental del Trabajo.