Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0461/2003-R
Fecha: 09-Abr-2003
II.4.
II.4. Que, devuelto el expediente al juzgado, el Juez recurrido emplazó al Intendente Liquidador del Banco de Cochabamba S.A. en Liquidación, para que a tercero día deposite el monto adeudado, actuación que apelada de igual manera fue confirmada por Auto de Vista; ante el incumplimiento de pago, se libró el correspondiente mandamiento de embargo que se ejecutó sobre un bien inmueble urbano de propiedad del Banco de Cochabamba S.A. en Liquidación (informe de fs.57, ratificado por el recurrente).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridad o personas recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- 25 de noviembre de 1994.
- la obligación que surgió para su representado Banco de Cochabamba S.A., en liquidación