Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0472/2003-R
Fecha: 09-Abr-2003
e)
Recibido su apersonamiento fue enviado a la ciudad de La Paz, en consecuencia dicha nota debía surtir todos los efectos en el proceso administrativo teniendo en cuenta el principio del informalismo que rige la actividad y el procedimiento administrativo; e) confiado en la buena fe y legalidad que deben regir los actos de la función pública y de los funcionarios, esperó cualquier comunicación en su domicilio, empero nuevamente y de manera extraoficial, su representado se enteró de que el 29 de octubre de 2002 había finalizado el proceso, en el que se dictó la Resolución AN-GEGPC-SM-33/2002 que le da responsabilidad administrativa.