SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0472/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0472/2003-R

Fecha: 09-Abr-2003

III.3

III.3          En este sentido, el recurrente desde el momento en que tuvo conocimiento del  proceso, debió asumir su defensa en esa instancia  ante la autoridad competente. Al no hacerlo, permitió se pronuncie la Resolución AN-GEGPC-SM 33/2002 de 29 de octubre que determinó su responsabilidad administrativa , por no haber realizado el aforo físico  de las mercancías en las exportaciones efectuadas por las empresas Pacía Import Export, Jatbar Import Export y Marple SRL, a través de la Sub-Administración de Aduana Zona Franca Puerto Aguirre como Aduana de Salida, resolución que a la fecha se encuentra ejecutoriada.