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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0526/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0526/2003-R

    Fecha: 22-Abr-2003

    II.5.

    II.5.  La Fiscal Giovanna Maldonado informó en 31 de agosto de 2002 (fs. 19), la conclusión de las investigaciones y la presentación del pliego acusatorio ante el Tribunal de Sentencia de Turno de Villa Tunari. La autoridad judicial recurrida  emitió el decreto de 4 de septiembre (fs. 19 vta.), por el que  dispuso “el archivo de la causa en este Juzgado, debiendo las partes acudir ante el Tribunal competente para posteriores petitorios”.

    • en el recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • PROCEDENTE
    • II.1.
    • II.5.
    • que la audiencia pública es una formalidad inexcusable para resolver una solicitud de medidas cautelares e imponerlas finalmente al imputado
    • adoptadas para asegurar la presencia física del imputado en juicio, para ello, es imprescindible que asista físicamente a fin de que el juzgador pueda oírle por sí o mediante su defensor,
    • III.2.
    • APRUEBA

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