SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0535/2003-R
Fecha: 29-Abr-2003
PROCEDENTE
La Sentencia 130/2003, cursante a fs. 67 y 68, pronunciada el 19 de febrero de 2003 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declara PROCEDENTE el amparo constitucional y deja sin efecto la Resolución 092/2002 de 25 de octubre de 2002 del Directorio de la CNS, con estos fundamentos: 1) el actual presidente interino del Directorio de la CNS tiene personería para ser demandado en este recurso; 2) si bien la recurrente continúa ejerciendo el cargo de Jefa Nacional de Dietología, y no existe una destitución, “no es menos cierto que al revocarse la convocatoria por la que asumió el cargo, conforme dispone la resolución impugnada, implícitamente se está restringiendo el libre ejercicio profesional de la recurrente en un cargo determinado, lo que hace que se sienta constreñida en sus derechos”; 3) “no existiendo la justificación de retiro del cargo, no es recurrible a la justicia laboral, porque no se trata de una reincorporación al cargo que todavía sigue ejerciendo”; 4) la Resolución 092/2002 ha sido dictada aplicando en forma retroactiva el DS 26495 de 4 de febrero de 2002, que es posterior a la fecha de transferencia y promoción al cargo que la actora ocupa actualmente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en el término de 48 horas
- el fallo del tribunal calificador,
- III.2
- la dictación de la Resolución 092/2003 de 25 de octubre de 2002, notificada a la actora en 10 de enero de 2003, es a todas luces, ilegal,
- a más que en ninguna parte de los mismos se faculta al Directorio de la Caja Nacional de Salud a revisar y anular procesos de selección de personal ya efectuados y fenecidos en todas sus fases.
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA