SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0544/2003-R
Fecha: 24-Abr-2003
procedente
Concluida la audiencia la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, en ausencia del representante del Ministerio Público, pronunció la Resolución de 052/2003, de 20 de febrero, cursante a fs. 99-100, que declara procedente el recurso, deja sin efecto las Resoluciones de 17 de octubre de 2002 y su complementaria de 17 de enero de 2003, con daños y perjuicios, con el fundamento de que: “Que dentro del trámite de apelación por el Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados se han cometido una serie de irregularidades, con violación de los derechos y garantías constitucionales, como la seguridad jurídica, el derecho a la defensa y al debido proceso, conculcando los arts. 50 y 51 del Código de Ética Profesional para el Ejercicio de la Abogacía y arts. 6 numeral I, 7.A) y 16.I, II y IV CPE” (textual).