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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0569/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0569/2003-R

    Fecha: 28-Abr-2003

    II.3.

    II.3. Que, prestada que fue la declaración informativa del imputado en 10 de enero de 2003 (fs. 91), la Jueza recurrida en 11 del mismo mes y año recibe su declaración indagatoria (fs. 93-94), oportunidad en la que emite el Auto de la fecha (11 de enero de 2003), disponiendo el arraigo del imputado y se le impone el deber de presentarse al Juzgado cada diez días (fs. 95).

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio.
    • a)
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • existen elementos de convicción suficientes en sentido de que el imputado no se someterá a proceso
    • únicos supuestos que posibilitan la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva, entre ellas, la detención domiciliaria.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.

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